Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: OBERENDER, MARIA Y OTRO s/SUPRESION DEL EST.CIV. DE UN MENOR (ART.139 INC.2) - SEGÚN TEXTO ORIGINAL DEL C.P. LEY 11.179, SUSTRACCION DE MENORES DE 10 AÑOS (ART.146) - TEXTO ORIGINAL DEL C.P. LEY 11.179, FALSIFICACION DOCUMENTOS PUBLICOS y FALSEDAD IDEOLOGICA QUERELLANTE: ABUELAS DE PLAZA DE MAYO ASOCIACIÓN CIVIL
El fiscal impugnó la absolución de Carlos Alberto D'Amato por retención y ocultación de un menor. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso por mayoría, considerando que la figura del art. 146 del CP requiere acreditar la sustracción previa del menor, lo cual no pudo probarse.
Retención y ocultación de un menor de 10 años; alteración de identidad y falsedad ideológica de documentos
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se rechazó el recurso de casación interpuesto por el fiscal. El tribunal entendió que no se acreditó la sustracción previa del menor, requisito del delito del art. 146 CP, y que la acción penal por los restantes delitos se encontraba prescripta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El art. 146 CP exige la previa sustracción del menor, lo cual no pudo probarse. La mera retención u ocultación son atípicas si no hay sustracción previa.
- La figura protege no sólo el vínculo parental, sino también la dignidad y derechos del niño, como el derecho a la identidad.
- El consentimiento de los padres no excluye la tipicidad, ya que la facultad de disposición sobre el menor tiene límites por orden público.
- Los delitos de alteración de identidad y falsedad documental están prescriptos.
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