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A, N. S. ( EN REPRESENTACION DE PA PA) c/ OSDEPYM, s/LEY DE DISCAPACIDAD

La actora promovió demanda por cobertura de prestación de hidroterapia para su hijo con discapacidad. La Cámara Federal de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia y ordenó la cobertura integral de la prestación.

Obra social Discapacidad Interes superior del nino Derecho a la salud Hidroterapia Cobertura integral Vulnerabilidad.


¿Quién es el actor?

N.S.A. (en representación de su hijo PA PA)

¿A quién se demanda?

OSDEPYM

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura de prestación de hidroterapia para menor con discapacidad

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó a la demandada brindar la cobertura de la prestación de hidroterapia dos veces por semana de manera integral, sin limitaciones. Fundamentos principales:
- El derecho a la salud del menor se encuentra amparado por un marco constitucional y legal que impone la obligación de brindar una cobertura integral a sus necesidades.
- La prestación de hidroterapia ha sido indicada por el médico tratante y no se encuentra incluida en la Resolución 428/1999, por lo que debe ser cubierta integralmente por la obra social.
- Se debe ponderar la situación de vulnerabilidad del menor por su condición de niño y persona con discapacidad.

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