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A, N. S. ( EN REPRESENTACION DE PA PA) c/ OSDEPYM, s/LEY DE DISCAPACIDAD

La actora promovió demanda por cobertura de prestación de hidroterapia para su hijo con discapacidad. La Cámara Federal de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia y ordenó la cobertura integral de la prestación.

Discapacidad Derecho a la salud Obra social Cobertura integral Hidroterapia Interes superior del nino Vulnerabilidad.


- Actor: N.S.A. (en representación de su hijo PA PA)
- Demandado: OSDEPYM
- Objeto: Cobertura de prestación de hidroterapia para menor con discapacidad
- Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó a la demandada brindar la cobertura de la prestación de hidroterapia dos veces por semana de manera integral, sin limitaciones. Fundamentos principales:
- El derecho a la salud del menor se encuentra amparado por un marco constitucional y legal que impone la obligación de brindar una cobertura integral a sus necesidades.
- La prestación de hidroterapia ha sido indicada por el médico tratante y no se encuentra incluida en la Resolución 428/1999, por lo que debe ser cubierta integralmente por la obra social.
- Se debe ponderar la situación de vulnerabilidad del menor por su condición de niño y persona con discapacidad.

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