HURTADO FROILAN, EBONY YOCASTA c/ LUPULOS Y MALTAS S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y dispuso la actualización del capital de condena conforme el índice de precios al consumidor más una tasa de interés del 3% anual.
Despido injustificado
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia. Rechazó el agravio de la demandada sobre la configuración de abandono de trabajo, entendiendo que la actora ejerció válidamente la exceptio non adimpleti contractus. Respecto a la actualización de los créditos, aplicó el índice de precios al consumidor más una tasa de interés del 3% anual.
- Fundamentos principales:
- Para que se configure el abandono de trabajo, se requiere la acreditación de la intención abdicativa del trabajador, lo que no se verificaba en el caso, pues la actora manifestó retener tareas por incumplimientos de la empleadora.
- La prohibición legal de indexación no puede llevar a resultados manifiestamente injustos, por lo que se declaró la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 y se dispuso la actualización por IPC más 3% de interés anual.
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