CRUCELEGUI, MARIA SOLEDAD c/ BUENOS AIRES DE SALUD BASA S.A. Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda laboral por despido indirecto y diferenciales salariales. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Trabajo modificó parcialmente la sentencia y redujo el capital condenatorio, a la vez que estableció que la responsabilidad de la codemandada Buenos Aires Servicios de Salud S.A. no es solidaria sino simplemente mancomunada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, María Soledad CRUCELEGUI, demandó a CENTRO GALLEGO DE BUENOS AIRES MUTUALIDAD CULTURA ACCIÓN SOCIAL, LOGIMED S.A. y BUENOS AIRES SERVICIOS DE SALUD BASA S.A. por despido indirecto y diferenciales salariales.
- La jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda.
- Las codemandadas apelaron.
- La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de grado:
- Redujo el capital nominal condenado a $2.128.449, a actualizarse por IPC más 3% anual.
- Estableció que la responsabilidad de BASA S.A. no es solidaria sino simplemente mancomunada, debiendo responder hasta el 10% del monto total.
- Confirmó la condena a LOGIMED S.A. en forma solidaria.
- Revocó la condena por la multa del art. 80 LCT.
- Confirmó el resto de los rubros condenatorios.
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