SARAVIA ANALIA BEATRIZ C/ ASOCIART S.A ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La Cámara homologó un acuerdo transaccional en una acción de revisión por accidente de trabajo, confirmando que no existe obstáculo legal y que se ha logrado una justa composición de la litis. La homologación tiene fuerza de cosa juzgada y se imponen costas a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La accionante, Analia Beatriz Saravia, promovió una acción de revisión contra Asociar S.A., aseguradora de riesgos del trabajo, solicitando la homologación de un acuerdo transaccional firmado el 23/06/25. El tribunal verificó que no existían obstáculos legales para la homologación, considerando que se alcanzó una justa composición de la litis. La resolución homologatoria, dictada por el Tribunal del Trabajo Nº 3 de General San Martín, con integración del juez Eduardo Daniel Suvidzinski, declaró la validez del acuerdo con fuerza de cosa juzgada, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios profesionales en favor de los profesionales intervinientes. Además, dispuso las formas y plazos para el pago de los honorarios, costas y aportes, e instruyó sobre el depósito de las sumas en las cuentas correspondientes, rechazando la exención de tasa de justicia y ordenando el pago de la misma. La sentencia fundamenta que, "de las constancias del presente juicio, de las explicaciones dadas por cada uno de los litigantes, como así también de las bases del mismo no surge obstáculo legal alguno, habiéndose alcanzado una justa composición de la litis (art. 15 LCT., art. 30, Ley 15.057)". Se concluye que la homologación del acuerdo es procedente y que no existe motivo para su rechazo.
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