RETTORE WALTER MIGUEL C/ ECHEGARAY MICHAEL ALEXANDER S/ DESPIDO
Homologación de acuerdo conciliatorio en proceso por despido, con aprobación del tribunal y establecimiento de pago en cuotas y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El acta de conciliación refleja un acuerdo entre Walter Miguel Rettore y Michael Alexander Echegaray en el juicio por despido. La parte actora reajustó su demanda a $3.000.000, abonados en tres cuotas mensuales. La demandada, sin reconocimiento de hechos ni derechos, acepta pagar en la forma pactada, siendo la mora automática ante falta de acreditación del pago, con actualización conforme al RIPTE. Se estableció que los honorarios de los abogados serán soportados por la demandada, con regulación en función del arancel vigente y la condición tributaria. La homologación del acuerdo fue dictada por el tribunal, imponiendo costas a la demandada y regulando los honorarios profesionales, además de disponer los mecanismos para el pago y acreditación de los importes, incluyendo tasas y contribuciones. Se ordenó la comunicación de los pagos al sistema judicial y la Administración Federal de Ingresos Públicos, finalizando con la aprobación del acuerdo y el cierre del proceso. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "Homologar con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo conciliatorio que antecede, por considerar que de las constancias del presente juicio, de las explicaciones dadas por cada uno de los litigantes, como así también de las bases del acuerdo arribado no surge obstáculo legal alguno, habiéndose alcanzado una justa composición de la litis (art. 15 L.C.T., art. 30, ley 15.057 -art. 309 y ss. C.P.C.C. y art. 89, ley 15.057)." "Las partes han llegado a un acuerdo conciliatorio que satisface los intereses de ambas y que resulta justo y equitativo, por lo que corresponde homologarlo y ponerle fin al proceso en los términos acordados." "Se impone a la demandada la obligación de pagar en las condiciones pactadas, con actualización y costas, siendo la mora automática en caso de incumplimiento." "Los honorarios profesionales y gastos de los letrados se regulan conforme a la ley y la jurisprudencia vigente, incluyendo la regulación en unidades arancelarias y el pago en tiempo y forma." "Se ordena además la comunicación de los pagos y la información fiscal pertinente, garantizando la ejecución del acuerdo."
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