NICOLOSSI JORGE ALBERTO C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La sentencia confirma la inadmisibilidad de la demanda por cosa juzgada administrativa y ordena el archivo del expediente. La decisión se fundamenta en la validez del acuerdo homologado en sede administrativa, que fue firmado por las partes y homologado por la autoridad laboral, estableciendo que no hay fundamento para revisar la incapacidad fijada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Jorge Alberto Nicolossi, promovió demanda contra Prevención ART S.A. reclamando diferencias indemnizatorias por una incapacidad mayor a la reconocida por la Comisión Médica, alegando inconstitucionalidad del sistema y reclamando una mayor indemnización. La aseguradora negó la pretensión y planteó excepción de cosa juzgada, basándose en el acuerdo homologado en sede administrativa tras la resolución de incapacidad del 3,61%. La causa administrativa, que incluyó audiencia, dictamen médico, acuerdo y homologación, quedó firme y fue considerada acto administrativo con fuerza de cosa juzgada. La sentencia resalta que la homologación del acuerdo, en cumplimiento de las leyes 24.557 y 27.348, genera una situación de cosa juzgada administrativa que impide revisar judicialmente la incapacidad fijada. La jurisprudencia y doctrina citadas sostienen que, en estos casos, si la decisión administrativa no fue impugnada oportunamente, no puede ser revisada judicialmente. La sentencia además argumenta que el comportamiento del actor, que aceptó el pago sin oponerse en sede administrativa, refuerza la validez del acuerdo y la firmeza de la decisión administrativa. La sentencia concluye que la pretensión de diferenciar la indemnización basada en un grado de incapacidad superior al fijado en la resolución firme carece de causa, confirmando la inadmisibilidad de la demanda y ordenando el archivo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: