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MENDOZA DEBORA MARCELINA C/ DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La sentencia en primera instancia condenó a la demandada a abonar una suma por daños y perjuicios derivados de un accidente laboral, incluyendo indemnización por incapacidad y prestaciones suplementarias, con intereses y costas. El tribunal confirmó la cuantía y la modalidad de cálculo propuesta por el juez de primera instancia, además de la condena en costas y honorarios.

Intereses Costas Indemnizacion Incapacidad laboral Accidente de trabajo Sentencia Danos fisicos Ley 24.557 Ley 26.773 Buenos aires

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Debora Mendoza, demandó a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires por un accidente laboral ocurrido el 23/02/2022, alegando secuelas físicas y psíquicas incapacitantes. La demandada reconoció la existencia del vínculo laboral y del siniestro, pero declinó competencia respecto del daño psicológico. La prueba pericial médica estableció una incapacidad física del 5%, vinculada causalmente con el accidente. El tribunal consideró que la prueba era suficiente para acoger la demanda en cuanto a las secuelas físicas, y aplicó los parámetros legales y la ley 26.773 para determinar la suma indemnizatoria. La condena incluye $895.008,00 por incapacidad física, la prestación suplementaria de $179.001,00, intereses y costas, totalizando aproximadamente $3.834.259,00 al 30/06/2025. La sentencia fundamenta que la ley 26.773 y el baremo legal garantizan igualdad en las indemnizaciones y que la suma se ajusta a los parámetros del art. 12 de la ley 24.557 y su actualización por RIPTE. La decisión también regula honorarios y costas en consecuencia.

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