LENCINA NORBERTO RICARDO C/ GALEAZZI OSVALDO EZEQUIEL Y OTRO/A S/ DESPIDO
El tribunal ordenó el cumplimiento de una ejecución de pago por $1.830.000 a favor del actor. La sentencia dispuso que se lleve adelante la ejecución hasta que el ejecutado haga el pago íntegro, incluyendo honorarios, intereses, gastos y costas, y dispuso la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista por la ley.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Norberto Ricardo Lencina, y Jorge Agustin Parkes, promovieron una ejecución contra Osvaldo Ezequiel Galeazzi por una suma de $1.830.000 en concepto de capital, honorarios y aportes, más intereses, gastos y costas. La resolución judicial ordenó que se continúe con la ejecución hasta que el ejecutado efectúe el pago total, haciendo efectivo el apercibimiento previsto en la ley 15.057, art. 63, al no haberse opuesto excepción en el plazo establecido. La decisión fundamenta que "Atento el estado del proceso, de conformidad con lo establecido en el art. 63 de la ley 15.057 y, no habiendo el ejecutado opuesto excepción dentro del plazo previsto en dicha norma, haciendo efectivo el apercibimiento contenido en la misma, el Tribunal del Trabajo Nº 1; FALLA: Llévese la ejecución adelante hasta tanto el ejecutado OSVALDO EZEQUIEL GALEAZZI haga al acreedor LENCINA NORBERTO RICARDO y PARKES JORGE AGUSTIN íntegro pago de la suma de $ 1.830.000; en concepto de CAPITAL, HONORARIOS Y APORTES respectivamente, con más sus intereses, gastos y costas." La regulación de honorarios se diferirá hasta la oportunidad prevista por la ley 8904.
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