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CELASCO MAURICIO GABRIEL C/ CARINVER S.A. S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

Homologación del acuerdo de extinción de contrato laboral por mutuo acuerdo y pago de suma de dinero; el tribunal homologó ambos aspectos considerando la validez del acuerdo y su carácter de justa composición.

Costas procesales Honorarios profesionales Ley de contrato de trabajo Pago de suma de dinero Justicia contractual Sentencia homologatoria Homologacion acuerdo laboral Art. 241 lct Extincion mutuo acuerdo Liquidacion de tasas.

Quién demanda: Mauricio Gabriel Celasco.

¿A quién se demanda?

Carinver S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación del acuerdo de extinción del contrato laboral por mutuo acuerdo y pago de suma de dinero convenida.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo de pago y se declaró la extinción del contrato en los términos del art. 241 de la Ley de Contrato de Trabajo, confirmando la validez del acto y la conformidad de las partes. Fundamentos principales de la decisión:
- El tribunal destaca que las partes manifestaron que decidieron poner fin al contrato de trabajo por mutuo acuerdo, y que en la audiencia del 4/7/2025, el trabajador expresó su voluntad en tal sentido.
- Se señala que, conforme al art. 241 de la Ley de Contrato de Trabajo, la extinción del contrato por mutuo acuerdo, con el cumplimiento de los requisitos legales, no requiere pronunciamiento adicional sobre la existencia de una justa causa, remitiéndose a la doctrina legal y jurisprudencial, incluyendo la sentencia de la Corte Suprema "Ocampo, Alessio Matías Yair c/ BGH S.A. s/ despido".
- Además, el acuerdo de pago de suma de dinero fue homologado puesto que constituye una justa composición de derechos y obligaciones, no afectando norma de orden público, y fue propuesto en los términos del art. 1641 y 1643 del Código Civil y Comercial, y la Ley 15.057.
- Se dispuso que las costas sean a cargo de la demandada y se regularon los honorarios de los letrados, considerando la importancia y tareas realizadas.
- Finalmente, se ordenó la registración, liquidación, notificación y el cumplimiento de la acreditación del pago de tasas y sobretasas de justicia.
- La sentencia establece que la homologación tiene carácter de acuerdo valido y efectivo, y que las partes manifestaron su conformidad con la extinción del vínculo laboral y el pago acordado.
- No se mencionan votos disidentes.

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