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CRESPO MARÍA LAURA C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL S/ AMPARO POR MORA

La Cámara de La Plata ordena al Instituto de Previsión Social que expida el reajuste jubilatorio reclamado por la actora, ante la demora en la respuesta administrativa, fundamentando que la omisión vulnera el derecho a una decisión oportuna y fundada.

Sentencia de primera instancia Procedimiento administrativo Derecho constitucional Mora administrativa Accion de amparo Administracion publica Amparo por mora Plazos administrativos Reajuste jubilatorio Buenos aires


- Quién demanda: María Laura Crespo

¿A quién se demanda?

Instituto de Previsión Social

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber jubilatorio ante demora en la respuesta administrativa

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la acción de amparo por mora y se condena a la demandada a expedirse en 15 días

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia destaca que la finalidad del proceso es determinar si hubo mora en la administración, y en este caso, se comprobó que el organismo no se expidió en plazo, vulnerando el deber de pronunciarse en forma expresa y fundada, en violación del derecho a una decisión oportuna y fundada (art. 15 de la Constitución provincial). Se citan los artículos 76 del CCA y 77 del decreto-ley 7647/70, y se señala que la administración debe impulsar el trámite de oficio y cumplir con los plazos obligatorios. La demora, sin causa justificada, configura mora, por lo que corresponde hacer lugar a la acción, condenando a la autoridad demandada a actuar en 15 días. Se imponen costas a la demandada, y se regulan honorarios.

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