LO PREIATO MARIA CRISTINA C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL S/ AMPARO POR MORA
El amparo por mora contra el IPS por retraso en la resolución de jubilación. La Cámara ordena al IPS emitir acto administrativo en 30 días por demora injustificada, confirmando la existencia de mora y responsabilizando a la administración por incumplimiento de plazos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, María Cristina Lo Preiato, demanda al Instituto de Previsión Social por mora en la emisión de la resolución definitiva de jubilación, solicitando que se ordene a la administración dictar el acto en un plazo de 30 días. La demandante inició el trámite el 30/01/2024 y requirió pronto despacho el 24/05/2024, sin que aún se haya dictado resolución. La autoridad administrativa no cumplió con los plazos establecidos en los artículos 77 y 78 del Dec. Ley 7647/70, y la demora se considera injustificada. La jurisprudencia y normativa citadas avalan que la mora se configura cuando la administración excede los plazos legales para resolver, en este caso, 30 días para decisiones definitivas (art. 77 inc g del Dec. Ley 7647/70). La sentencia concluye que la demora es injustificada, por lo que se hace lugar a la acción, ordenando al IPS que en 30 días dicte la resolución de jubilación solicitada. Se imponen costas a la demandada por haber incumplido los plazos legales.
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