FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ BEDINELLI RICARDO DANIEL S/ APREMIO PROVINCIAL
La sentencia ordena la ejecución de la deuda fiscal contra el ejecutado Ricardo Daniel Bedinelli por la suma de $502.878,70, incluyendo intereses, y dispone la ejecución forzada del pago. La decisión se fundamenta en la falta de oposición a las excepciones legítimas y en la aplicación del Código Fiscal y del Código Procesal Civil y Comercial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte ejecutada, Ricardo Daniel Bedinelli, fue notificada en su domicilio fiscal constituido en Zárate y no opuso excepciones dentro del término legal. En consecuencia, el tribunal le dio por perdido el derecho dejado de usar, y ordenó la ejecución por la deuda de $502.878,70, más intereses desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago. La sentencia fundamenta que, al no haberse presentado excepciones legítimas, se aplica lo dispuesto en los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, y en los arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC. Además, se difiere la regulación de honorarios hasta que exista liquidación firme. La sentencia también establece que, al no haber cumplimiento por parte del ejecutado, se le tenga por constituido el domicilio en los estrados del juzgado, conforme a los arts. 13 de la Ley 13.406 y 133 C.P.C.C. Fundamentos principales: "En virtud de la notificación efectiva y la falta de oposición en término, corresponde aplicar la pérdida del derecho por la inacción del ejecutado, conforme a lo establecido en los arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC." "Procede la ejecución del monto total de la deuda, que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica, y los intereses desde la fecha de la demanda hasta el pago." "El silencio del ejecutado en el plazo legal implica la aceptación de la deuda y la procedencia del remate para satisfacer el crédito fiscal." Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia relevantes.
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