FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ITURRIA MARIA VERONICA S/ APREMIO PROVINCIAL
La sentencia ordena el remate y pago de la deuda en un proceso de ejecución fiscal. La Cámara confirma la validez del procedimiento y la sentencia de remate, manteniendo las condiciones y montos establecidos, y ratifica la postura del tribunal de primera instancia en cuanto a la validez y ejecución de la misma.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte ejecutada, Maria Veronica Iturria, fue debidamente notificada en su domicilio fiscal constituido y no opuso excepciones legítimas dentro del término legal, por lo que se le dio por perdido el derecho dejado de usar. La causa fue tramitada en un proceso de ejecución fiscal, en el cual se ordenó el remate del patrimonio de la ejecutada para satisfacer la deuda de $1.310.434,50 más intereses desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago. La sentencia también dispuso la regulación de honorarios y la constitución del domicilio en los estrados del juzgado por incumplimiento. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia, considerando que el procedimiento fue correcto y que la deuda era exigible, ratificando la validez del remate y la ejecución. Fundamentos principales: "En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar" (párrafo I). "La deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397" (párrafo II). "Se ordena el remate del patrimonio de la ejecutada para satisfacer la deuda" (fallo). "Se confirma la decisión de primera instancia, en tanto ordena la ejecución y remate de acuerdo a la normativa vigente" (resolución). No se registran votos en disidencia.
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