FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ NAVA MARIA VICTORIA S/ APREMIO PROVINCIAL
La sentencia resuelve la homologación de un acuerdo de pago en un proceso de apremio fiscal. La Cámara homologó el acuerdo, reguló honorarios y dispuso el fin del proceso y la conclusión de la medida cautelar, fundamentándose en el cumplimiento de los pagos y aportes realizados por el ejecutante.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia fue dictada en un proceso de apremio iniciado por Nava Maria Victoria contra el Fisco de la Provincia de Buenos Aires. La autoridad judicial homologó un acuerdo de pago presentado por el apoderado del fisco, Guillermo Nicolás Alem, y ordenó el cierre del proceso y la finalización de la medida cautelar. La decisión se basa en la constatación de que se acreditaron los pagos correspondientes a la tasa, sobretasa de justicia, honorarios y aportes sobre ingresos brutos, además de los comprobantes electrónicos presentados, incluyendo constancia de página web. La jueza destaca que "los honorarios convenidos se encuentran dentro de la escala legal arancelaria" y que "los honorarios profesionales del Letrado Apoderado del Fisco, por cumplidos los aportes legales y tributado el impuesto sobre ingresos brutos en relación a ellos." La resolución se sustenta en los arts. 21 y 22 de la Ley 6.716 y en el art. 22 de la Ley 13.406, concluyendo que "tiénense por percibidos los honorarios profesionales del Letrado Apoderado del Fisco, por cumplidos los aportes legales y tributado el impuesto sobre ingresos brutos en relación a ellos." La medida cautelar ordenada en autos se deja sin efecto. La notificación se realiza por Secretaría a la ejecutante.
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