FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CRACCO PARDO MAURO ANDRES S/ APREMIO PROVINCIAL
La sentencia de ejecución fiscal ordena el pago de la deuda y el remate hasta su cumplimiento por parte del ejecutado Mauro Andres Cracco Pardo. La Cámara confirma la decisión del juez de primera instancia, que dispuso la ejecución y el remate conforme a la ley fiscal provincial, sin modificar los montos ni las condiciones establecidas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El juez de primera instancia dictó sentencia en autos "Fisco de la Provincia de Buenos Aires c/ Cracco Pardo Mauro Andres s/ Apremio Provincial", expediente 25211, ordenando la ejecución del pago de la deuda de $661.009,70 más intereses desde la interposición de la demanda y hasta el efectivo pago, conforme a lo dispuesto en el artículo 104 del Código Fiscal Ley 10.397. La parte ejecutada fue notificada en su domicilio fiscal constituido en Zárate y no presentó excepciones dentro del plazo legal, por lo que se le dio por perdido el derecho a oponer excepciones. La sentencia dispuso además que, en caso de incumplimiento, se proceda al trance y remate del bien hasta cubrir la suma adeudada, con costas. El tribunal confirma la resolución en todos sus términos, sin modificar montos ni condiciones, y difiere la regulación de honorarios hasta la liquidación definitiva. Fundamentos principales: "Para dictar la presente, la parte ejecutada no opuso excepciones legítimas en el plazo legal, lo que implica la aceptación de la deuda y la procedencia de la ejecución." "La deuda reconocida en el título ejecutivo, más los intereses desde la demanda hasta el pago efectivo, resulta procedente y ajustada a derecho." "La disposición legal del art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397, t.o. 2011, habilita la ejecución y remate en estos términos." "No habiendo oposición ni planteos en contra, procede la ejecución y el trance y remate, con costas." "Se difiere la regulación de honorarios hasta la liquidación definitiva, en virtud de lo establecido en las normas aplicables." Disidencia: no se registran votos en disidencia relevantes.
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