FERRARI MARIANO C/ GOBERNACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTRO S/ EJECUCION DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA
El actor demandó la provisión de tratamiento médico y cirugía necesaria tras lesiones sufridas en cumplimiento de resolución de la Comisión Médica. La sentencia confirmó la existencia del derecho a la salud y ordenó a la demandada brindar las prestaciones médicas y quirúrgicas solicitadas, considerando la vulneración de derechos constitucionales y convencionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Mariano Ferrari, demanda a la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires y al Sistema de Autoseguro Provincial, reclamando la provisión de prestaciones médicas y cirugía en virtud de lesiones laborales. La demanda fundamenta en que la Comisión Médica N° 124 de Azul dictaminó que debía continuar recibiendo prestaciones en especie para su recuperación, y que la negativa de la ART a autorizar la cirugía viola su derecho a la salud, reconocido en la Constitución Nacional y en tratados internacionales. La sentencia ordena a la demandada brindar las prestaciones médicas y quirúrgicas necesarias, declarando la abstracta la pretensión ante el cumplimiento de la medida cautelar. La resolución destaca que el derecho a la salud es un derecho personalísimo, ligado al derecho a la vida y la integridad física, y que la omisión puede causar daños irreparables. La decisión también resalta que la demandada cumplió parcialmente con la provisión de prestaciones, y que la medida cautelar se encontraba en vigor. La Fiscalía de Estado argumentó que la competencia corresponde al sistema de autoseguro Provincial, y que la demanda carecía de jurisdicción y legitimación pasiva del Estado, proponiendo la citación a Provincia ART. Sin embargo, el tribunal concluyó que la controversia se tornó abstracta por el cumplimiento de la medida ordenada, y declaró la extinción de la pretensión, imponiendo costas a la parte demandada. La causa finaliza con la constatación de que el actor fue intervenido quirúrgicamente y se encuentra en recuperación, por lo que la sentencia resulta en una resolución de cumplimiento y extinción del proceso.
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