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LAGRAÑA ELIZABETH EDITH S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

La juez otorgó el beneficio de litigar sin gastos a Elizabeth Edith Lagraña, considerando que no posee recursos suficientes para afrontar los costos del proceso, en línea con la jurisprudencia y la normativa vigente. La resolución se fundamenta en la valoración de la prueba y en la protección del acceso a justicia.

Prueba testimonial Incidente Jurisprudencia Capacidad economica Primera instancia Beneficio procesal Litigar sin gastos Insuficiencia de recursos Acceso a justicia Art. 81 cpcc

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demandante, Elizabeth Edith Lagraña, solicita el beneficio de litigar sin gastos en el proceso judicial caratulado "Olazabal Miguel Alberto y otro c/ Clínica Estrada S.A. y otros. s/ diligencias preliminares". La jueza analiza la prueba rendida y concluye que, si bien la actora cuenta con lo indispensable para su subsistencia, no tiene medios suficientes para afrontar los honorarios y gastos del juicio, por lo que procede a conceder el beneficio. La fundamentación principal se basa en que el criterio jurisprudencial no restringe el beneficio a indigentes, sino que busca garantizar el acceso a justicia, considerando que la valoración de las pruebas debe hacerse "prima facie" y sin exigir prueba acabada de la incapacidad económica. La resolución también recuerda que el beneficio debe ser otorgado con cautela para evitar abusos, pero en este caso, la prueba evidencia la insuficiencia de recursos de la peticionante, siguiendo la normativa del art. 81 del CPCC y la jurisprudencia citada.

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