CASTILLO LAUTARO VALENTIN C/ FERREYRA CLAUDIO OMAR Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La sentencia homologó un acuerdo y reguló honorarios y costas en un proceso por daños y perjuicios por lesiones o muerte. La resolución estableció la suma de $7.000.000 y reguló honorarios profesionales y de mediador, además de intimar el cumplimiento de obligaciones fiscales y de tasas por parte del demandado en garantía.
El expediente "CASTILLO LAUTARO VALENTIN C/ FERREYRA CLAUDIO OMAR Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)" fue homologado en virtud del acuerdo presentado, con una suma de $7.000.000. La homologación fue dictada por el juez Hugo Eduardo Córdoba Sosa, conforme a los arts. 308 y 309 del CPCC, y con costas a cargo del demandado en garantía. Se regulan honorarios a favor del Dr. Alvarez Luna Joel Salomon ($1.400.000 más IVA y aportes) y del Dr. Alberto Gabriel Klimis en 13 IUS arancelarios, incluyendo aportes y IVA según corresponda. Además, se regula honorarios del mediador Dr. Baudrix Mario Daniel en 7 Jus arancelarios, teniendo en cuenta principios de proporcionalidad y justicia en la retribución de servicios profesionales. Se intimó al demandado a integrar tasas y sobretasa de justicia por un monto de $154.000 y $15.400, respectivamente, bajo apercibimiento de elevar los antecedentes al organismo fiscal correspondiente. La notificación se realiza vía electrónica, en cumplimiento de la normativa vigente, y se recuerda que los honorarios deben abonarse en los plazos establecidos.
Fundamentos principales:
"De conformidad con lo solicitado en el acuerdo presentado, conforme lo normado por los arts. 308 y 309 del CPCC, HOMOLOGASE el mismo, por la suma de Pesos SIETE MILLONES ($7.000.00.-) con costas a cargo de la citada en garantía." Además, en relación a los honorarios: "los honorarios denunciados y pactados al Dr. Alvarez Luna Joel Salomon [...] en la suma de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL ($1.400.000.-) de honorarios más IVA conforme categoría Y APORTES [...] y los honorarios del Dr. Alberto Gabriel Klimis [...] en el mínimo de la escala legal -conforme lo estipulado en la cláusula 1.11
- [...] en la CANTIDAD de TRECE IUS ARANCELARIOS [...] y los honorarios del Mediador Dr. Baudrix Mario Daniel en la suma equivalente a la cantidad de 7 Jus arancelarios [...]".
Asimismo, se justificó la regulación de honorarios del mediador en base a principios de proporcionalidad y justicia, citando jurisprudencia y normativa aplicable.
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