BERGAGLIO RENE ROGELIO C/BERGAGLIO JOSE ANTONIO Y OTRO S/INC DE REDARGUCION DE FALSEDAD
La Cámara resolvió declarar la caducidad de instancia en un proceso por incidente de redargución de falsedad, al constatar la inactividad de la parte actora durante el plazo legal y la falta de actos procesales útiles, confirmando la decisión del juez de primera instancia que dispuso el cierre del trámite por caducidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Bergoglio Rene Rogelio, demanda a José Antonio Bergaglio en un incidente de redargución de falsedad. La sentencia de primera instancia, dictada por el juez Carlos M. Casas, decretó la caducidad de instancia debido a que transcurrió el plazo legal sin que la parte actora manifestara intención de continuar con el proceso. La decisión se basó en que la última presentación del actor, realizada el 16 de diciembre de 2024, no cumplió con los requisitos impulsorios y que, tras la intimación del 5 de diciembre de 2024, no hubo actividad procesal útil. El tribunal destacó que "la caducidad de instancia es un modo de extinción del proceso que tiene lugar cuando no se lo impulsa durante el tiempo establecido por la ley" y que "el instituto de la caducidad de instancia es uno de los modos anormales de terminación del proceso y procede cuando no se cumple ningún acto procesal que impulse el trámite de la causa durante el tiempo fijado por la ley". La jurisprudencia citada respalda que la inacción prolongada en el proceso puede llevar a la extinción por caducidad, promoviendo la celeridad y eficiencia del sistema judicial. La imposición de costas al actor vencido fue resuelta en concordancia con las normas procesales aplicables.
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