CORSETTI CHRISTIAN ALEJANDRO C/ VENIER MARIO PEDRO Y OTROS S/ EJECUCION DE SENTENCIA
La demanda de cumplimiento de acuerdo homologado y cancelación de hipoteca fue atendida y se ordenó inscribir la cancelación de la hipoteca sobre el inmueble, considerando el cumplimiento del acuerdo homologado y el plazo de vigencia de la inscripción registral.
Quién demanda: Christian Alejandro Corsetti A quién se demanda: Venier Mario Pedro y otros (los codemandados) Qué se reclama: La cancelación de la hipoteca constituida sobre un inmueble en Lanús, mediante la inscripción de la cancelación en el Registro de la Propiedad, tras el cumplimiento del acuerdo homologado. Qué se resolvió: Se hizo lugar a la demanda y se ordenó inscribir la cancelación de la hipoteca conforme a la Escritura Nº 15 de 31 de enero de 2000, por haber cumplido el deudor con las obligaciones del acuerdo homologado. Fundamentos principales de la decisión: "Los efectos del registro de la hipoteca se conservan por el término de veinte años, si antes no se renovare", y que el plazo de vigencia puede extenderse a 35 años según la ley 27.271, vigente al momento del análisis. "Por ello, antecedentes de autos y citas legales vertidas, RESUELVO: ... hacer lugar a la demanda instaurada, mandando inscribir la cancelación de la hipoteca en relación a la Escritura Nº 15 de 2000 pasada por ante la escribana Elisa Koatz." El cumplimiento del acuerdo homologado y la caducidad de los efectos de la inscripción por el paso del tiempo justifican la orden de cancelación.
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