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MEO JUAN JOSE - NARCIZO ELSA NELIDA S/ SUCESION AB-INTESTATO

El tribunal declaró herederas a las hijas y al cónyuge supérstite de los causantes en un proceso de sucesión ab-in-testato. La resolución confirma la existencia de los hechos probados y ordena la declaración de herederos conforme a la ley. La sentencia se fundamenta en la documentación probatoria y en el cumplimiento de los requisitos legales establecidos en el Código Civil, el CCCN y el CPCC.

Declaracion de herederos Notificacion electronica Arts. 2424 Herederos legales 737 cpcc Ley 10.205 Arts. 735 Arts. 3545 3565 2426 cccn Certificados probatorios 3570 cc Sucesion ab-in-testato

¿Qué se resolvió en el fallo?

Este proceso tiene como finalidad la declaración de herederos en un contexto de sucesión ab-in-testato. Se acreditaron los hechos esenciales mediante actas de defunción, matrimonio, nacimientos, publicación de edictos y cumplimiento de requisitos legales y administrativos. El tribunal, tras analizar las constancias, dictaminó que, tras el fallecimiento de Juan José Meo el 2 de noviembre de 2007 y de Elsa Nelida Narcizo el 16 de agosto de 2024, sus herederas son sus hijas Nelida Beatriz Meo, Nidia Mabel Meo y Mónica Susana Meo, y su cónyuge supérstite Elsa Nelida Narcizo, si hubiere bienes propios. La resolución se fundamenta en el cumplimiento de los arts. 3545, 3565 y 3570 del Código Civil, arts. 2424 y 2426 del CCCN, arts. 735 y 737 del CPCC, y en lo dictaminado por la Sra. Agente Fiscal, con las certificaciones y publicaciones requeridas por ley. La sentencia ordena la registración del acto y la notificación electrónica a las partes y al Ministerio Fiscal, considerando que su silencio será interpretado como consentimiento una vez vencido el plazo.

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