YPF S.A. C/ GANIM CESAR DAMIAN S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
Sentencia que condena a Ganim al pago de $508.664,58 por deuda derivada de compraventa de combustible, confirmando la legitimidad de la deuda y la validez de la prueba contable y documental. La condena se fundamenta en el incumplimiento del pago y en la validez de las pruebas periciales y documentales presentadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, YPF S.A., demanda por cobro sumario de $508.664,58, equivalente a una factura por venta de combustible, con interés pactado del 11,50 % mensual, alegando impago y realizando gestiones extrajudiciales y mediación previa, la cual fracasó. La demanda se fundamenta en la factura, remitos y certificación contable, y en el dictamen pericial que confirma la deuda y la validez de los registros contables. La demandada, Cesar Ganim, no compareció ni contestó la demanda, por lo que fue declarada rebelde y se le tuvo por reconocido el contenido probatorio, en línea con la doctrina que establece que el silencio y la incomparecencia implican reconocimiento de los hechos y documentos acompañados. La sentencia concluye que la deuda está debidamente acreditada y que la parte demandada incumplió su obligación de pago, por lo que se hace lugar a la demanda y se condena al pago de la suma reclamada, con costas a cargo del demandado. Fundamentos principales: "En principio, frente al silencio de la parte demandada, corresponde tener por acreditada la recepción y autenticidad de los documentos que se le imputan, acompañados aquí con el escrito de demanda (S.C.B.A., Ac. 40.364 'Maldonado', sent. del 29-11-88). La no comparecencia de la accionada no exime a la parte actora de la obligación de acreditar el presupuesto de su afirmación, ya que debe aportar al juicio los elementos de convicción que justifiquen la legitimidad de sus pretensiones (S.C.B.A., causas L. 82.000 'Salvemini', sent. del 08-11-2006). La parte actora logró acreditar la existencia y vigencia de la deuda, mediante la certificación contable, documentación respaldatoria y dictamen pericial, que establecen que Ganim adeuda efectivamente la suma de $508.664,58 por la factura N° 2160-00028810, emitida el 24/07/2023." "El incumplimiento del demandado, quien no compareció ni contestó, justifica la declaración de rebeldía y la admisión de los hechos y documentos presentados, en línea con la doctrina que señala que 'la incontestación de la demanda por parte de los demandados habilita a tenerles por reconocidos los hechos lícitos y pertinentes invocados en la demanda' (Cám. Civ. y Com.
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