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FRANCO ANA MARIA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Declara la apertura del sucesorio por fallecimiento de Ana María Franco, herederos sus hijos y cónyuge, y ordena la inscripción del patrimonio en esa condición, confirmando la procedencia conforme a la ley y a los requisitos formales cumplidos.

Fallecimiento Herederos Bienes propios y gananciales Derechos hereditarios Proceso judicial Argentina. Edictos Apertura de sucesion Sucesorio Articulo 2340 del cccn

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia declara la apertura del sucesorio por fallecimiento de Ana María Franco, ocurrido el 16 de marzo de 2025, con certificado de defunción presentado el 28 de abril de 2025. Se acredita que la fallecida estaba casada con Héctor Rodolfo Sandrini desde el 14 de septiembre de 1973 y que procrearon a Mariana Silvia, Carolina Emma y Pablo Héctor Sandrini, cuyos nacimientos también fueron acreditados. La resolución ordena la publicación de edictos conforme a la ley y declara a los hijos y al cónyuge como herederos en carácter de heredero universal, incluyendo los derechos sobre bienes propios y gananciales, en los términos de los arts. 2424, 2426 y cctes. del Código Civil y Comercial de la Nación. La decisión se fundamenta en el cumplimiento de los requisitos legales y en la documentación acompañada, confirmando la validez del proceso sucesorio iniciado y ordenando el registro correspondiente. La resolución también informa a las partes en los términos de la Ac. 4013/2021 de la SCBA, y se dispone su notificación automática.

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