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P, C. A. c/ UPCN ACCORD SALUD s/AMPARO CONTRA ACTOS DE PARTICULARES

El actor promovió demanda de amparo para mantener su afiliación a la obra social Unión Personal tras jubilarse. La Cámara Federal revocó la sentencia y ordenó a la obra social restablecer la afiliación del actor y su cónyuge.

Obra social Derecho a la salud Jubilacion Amparo Inssjyp Continuidad afiliativa Opcion voluntaria


¿Quién es el actor?

C.A.P.

¿A quién se demanda?

UPCN ACCORD SALUD

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Mantener afiliación a obra social Unión Personal tras jubilación

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado el amparo, y ordenó a la obra social restablecer la afiliación del actor y su cónyuge a la obra social Unión Personal, sin exigir el pago de aranceles adicionales. La Cámara Federal consideró que la creación del INSSJYP no implicó el traspaso automático de los jubilados a dicho instituto, sino que requiere la opción voluntaria de los interesados. Por lo tanto, al haberlo afiliado compulsivamente a PAMI y negarle la posibilidad de continuar en Unión Personal, la obra social actuó de manera arbitraria, vulnerando los derechos constitucionales del actor.

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