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C, M. F. (EN REPRESENTACION DE PJ) c/ OSDOP s/LEY DE DISCAPACIDAD

El actor promovió demanda por cobertura de prestación de acompañante terapéutico para su hijo con discapacidad. La Cámara Federal de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia y ordenó a la obra social brindar la cobertura integral de dicha prestación.

Discapacidad Cobertura integral Acompanante terapeutico Obra social Interes superior del nino Vulnerabilidad.


- Actor: M. F. C. (en representación de su hijo con discapacidad)
- Demandado: OSDOP (Obra Social)
- Objeto de la demanda: Cobertura integral de prestación de acompañante terapéutico para el hijo del actor, con discapacidad.
- Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó a la obra social brindar la cobertura integral de la prestación de acompañante terapéutico, sin límites. Fundamentos principales:
- El derecho a la salud del menor está amparado por un amplio marco de disposiciones constitucionales y legales que obligan a brindar una cobertura integral acorde a sus necesidades.
- La prestación de acompañante terapéutico es necesaria para el menor, según lo acreditado, y debe ser cubierta en un 100% por la obra social, sin limitaciones.
- Se debe ponderar la situación de vulnerabilidad del menor, por su condición de niño y de persona con discapacidad.

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