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A, S. J. c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE FARMACIA s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió acción de amparo para reclamar la cobertura integral de una prótesis importada para cirugía de reemplazo total de rodilla. La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia y ordenó a la obra social brindar la cobertura de la prótesis importada prescripta por el médico.

Amparo Derecho a la salud Obra social Protesis importada Reemplazo total de rodilla Pericia medica Criterio medico.


- Actor: S. J. A.
- Demandado: Obra Social del Personal de Farmacia (O.S.P.F.)
- Objeto: Cobertura integral de cirugía de reemplazo total de rodilla derecha mediante prótesis importada de alta complejidad.
- Decisión: La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia y ordenó a la obra social brindar la cobertura integral de la prótesis importada prescripta por el médico tratante, como así también los demás gastos médicos derivados de la intervención.
- Fundamentos:
- El derecho a la salud es un derecho humano fundamental, inherente a toda persona, y un derecho progresivo que evoluciona junto a la evolución social y científica.
- La Ley 23.661 instituyó el sistema nacional de salud con el objetivo de proveer prestaciones de salud igualitarias, integrales y humanizadas.
- Los informes médicos acreditaron la necesidad de la prótesis importada por la edad de la paciente, severidad de la patología y insuficiencia de las alternativas nacionales, lo cual no puede ser desconocido arbitrariamente por la obra social.
- El dictamen pericial del Cuerpo Médico Forense ratificó la indicación quirúrgica con prótesis semiconstreñida y reconoció que la decisión sobre el implante corresponde al criterio del cirujano tratante.

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