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BRAVO, LEANDRO NAHUEL c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y ordenó aplicar la tasa de interés prevista en el decreto 669/2019 para actualizar el crédito.

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Incapacidad laboral por accidente in itinere

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó aplicar la tasa de interés prevista en el decreto 669/2019 para actualizar el crédito, por considerar que dicha tasa resulta más favorable al trabajador en el contexto inflacionario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El deber de los jueces no solo es fijar una tasa de interés, sino que también ese mecanismo debe conjurar la merma del valor del crédito por la demora del deudor.
- La aplicación del decreto 669/2019, que establece la tasa RIPTE, es más favorable al trabajador que la tasa prevista en la ley 27.348.
- El trabajador goza de preferente tutela constitucional y los créditos laborales tienen carácter alimentario, por lo que deben mantenerse incólumes frente a la depreciación monetaria.
- La resolución SRT 1039/2019 implicaría una licuación del crédito, por lo que no corresponde su aplicación.

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