RIVAS, DARIO JAVIER c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor impugnó resolución de Comisión Médica que confirmó ausencia de incapacidad. La Cámara del Trabajo ratificó el rechazo al considerar que no acreditó daño físico que pudiera derivar en afectación psicológica.
Impugnación de disposición de Comisión Médica que confirmó ausencia de incapacidad por accidente de trabajo
- Decisión: La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó el recurso.
- Fundamentos:
- El recurrente se limitó a remitirse al escrito de apelación contra la decisión de la Comisión Médica, lo cual está vedado por el art. 116 de la Ley 18.345.
- No acreditó la necesidad de realizar estudios complementarios ni aportó documentos que evidenciaran alguna afección incapacitante.
- Según el dictamen médico, no se detectaron déficits funcionales, por lo que la clínica es soberana y definitoria.
- En ausencia de incapacidad física, no puede reconocerse un daño psicológico, pues debe existir una minusvalía de tal envergadura que amerite ponderar el padecimiento psíquico.
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