FORMICA, GUILLERMO HECTOR c/ CPACF (EX 32005/21) s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47
El abogado Formica apeló sanción de multa impuesta por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados por expresiones injuriosas. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción, sosteniendo que los tribunales deben respetar el juicio de los organismos que regulan la ética profesional.
- Actor: Abogado Guillermo Héctor Formica
- Demandado: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF)
- Objeto: Recurrir sanción de multa de $25.000 impuesta por el Tribunal de Disciplina del CPACF por infracciones a la ley 23.187 y al Código de Ética, por expresiones injuriosas hacia otros abogados y una parte en un proceso civil.
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso y confirmó la sanción.
- Fundamentos:
- El Tribunal de Disciplina, compuesto por expertos, tiene la potestad de valorar la conducta ética de los abogados, salvo que se configure una arbitrariedad.
- Las expresiones utilizadas por el abogado Formica en el proceso civil eran innecesarias y carecían del estilo y moderación adecuados al ejercicio de la abogacía.
- No se configuró una arbitrariedad en la decisión del Tribunal de Disciplina.
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