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PARELLADA, EDGARDO c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El actor promovió demanda contra la AFIP por la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia y acotó el plazo de reintegro de las sumas retenidas.

Inconstitucionalidad Reintegro Vulnerabilidad Impuesto a las ganancias Jubilados Prescripcion.


¿Quién es el actor?

Edgardo PARELLADA

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declarar la inconstitucionalidad de los artículos 23, 79, 81 y 90 de la Ley 20.628 (actuales 30, 82, 85 y 94) que gravaban las jubilaciones con el impuesto a las ganancias, y ordenar el reintegro de las sumas retenidas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de la AFIP, modificando la sentencia de primera instancia únicamente en cuanto al plazo de reintegro, el cual no podrá comprender períodos en los que el actor tuviera menos de 60 años. Se distribuyeron las costas del recurso en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara aplicó el precedente "García, María Isabel" de la CSJN, que declaró la inconstitucionalidad del gravamen a las jubilaciones por vulnerar la situación de vulnerabilidad de los adultos mayores. Sin embargo, acotó el plazo de reintegro a los 5 años anteriores a la demanda, de acuerdo a lo establecido en la Ley 11.683, dado que el reconocimiento de derechos no puede comprender períodos anteriores a los 60 años del actor, salvo excepciones.

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