COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL c/ SOTOMAYOR, MARIO ANDRES s/PROCESO DE EJECUCION
El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal promovió demanda por cobro de multa administrativa. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó que la competencia corresponde a los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales y Tributarias.
¿Quién es el actor?
Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF)
¿A quién se demanda?
Mario Andrés Sotomayor
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de multa administrativa impuesta por el Tribunal de Disciplina del CPACF
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión del juez de primera instancia de declarar la incompetencia y atribuir la competencia a los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales y Tributarias.
Fundamentos principales:
- La Cámara Contencioso Administrativa Federal y sus diversas Salas han sostenido que los juzgados federales de ejecuciones fiscales y tributarias se encuentran habilitados para conocer en la ejecución de créditos adeudados a la administración pública nacional, incluyendo multas.
- El apelante no expuso razones concretas y razonadas para distinguir entre la ejecución de obligaciones tributarias y otras sanciones administrativas pecuniarias.
- La similitud en el tipo de procedimiento (ejecución) no puede prevalecer sobre la diversidad del derecho sustantivo que se pretende hacer efectivo.
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