T., I. F. J. c/ CPACF (EX 32754/22) s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47
El abogado T. fue sancionado por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal por violar el secreto profesional. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción.
Apelación contra la sanción de multa impuesta por el Tribunal de Disciplina por violar el secreto profesional
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso y confirmó la sanción impuesta.
Fundamentos principales:
- El Tribunal de Disciplina consideró que el abogado violó el secreto profesional al grabar conversaciones con su cliente, tomar fotografías en su estudio jurídico y presentar ese material en un expediente judicial, más allá de que lo haya hecho para justificar el cobro de honorarios.
- La Cámara consideró que el abogado no logró demostrar que la divulgación de ese material se limitó a lo estrictamente necesario para su defensa, tal como exige la excepción prevista en el Código de Ética.
- La Cámara señaló que el secreto profesional es una obligación ética y legal del abogado, que se fundamenta en el principio de inviolabilidad de la persona humana, su intimidad y vida privada.
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