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CELATI, ALBERTO HUMBERTO c/ GRUPO TEAMSEG S.A. Y OTROS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido indirecto, alegando que la empleadora abonaba parte de su salario sin registración. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la sentencia de primera instancia y consideró justificado el despido indirecto, condenando a la empleadora y a los directivos responsables.

Despido indirecto Remuneracion sin registracion Retencion de aportes previsionales Inconstitucionalidad de prohibicion de actualizacion Responsabilidad de directivos

Despido indirecto por incumplimientos salariales y de registración
- Decisión: Se revoca la sentencia de primera instancia, se hace lugar a la demanda por despido indirecto y se condena solidariamente a Grupo Teamseg S.A., Pc Arts Argentina S.A. y Hernán Alberto Santiago. Fundamentos principales:
- Se acreditó que la empleadora abonaba al actor parte de su salario sin registración, lo cual configura una injuria que justifica el despido indirecto.
- Correspondía aplicar el incremento indemnizatorio del art. 2 Ley 25.323 por haberse acreditado que el trabajador debió instar la vía judicial para obtener las indemnizaciones.
- Procedía la condena por los arts. 10 y 15 de la Ley 24.013 por la falta de registración total de la remuneración.
- Correspondía la indemnización del art. 80 LCT por la falta de entrega de certificados de trabajo.
- Correspondía aplicar una tasa moderada del art. 132 bis LCT por la retención de aportes previsionales.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 7 Ley 23.928 (prohibición de actualización monetaria) y se aplica el índice RIPTE más 6% anual.
- Se condena solidariamente a Grupo Teamseg S.A., Pc Arts Argentina S.A. y Hernán Alberto Santiago. Se rechaza la demanda contra Juan Luis Bergara.

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