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CORTINA, LILIANA PATRICIA c/ AWER S.A. Y OTROS s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido contra su empleadora y dos sujetos solidariamente responsables. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ordenó la actualización de la condena conforme al índice RIPTE más una tasa de interés del 6% anual.

Intereses Inconstitucionalidad Indexacion Solidaridad Despido Ripte


- Actora: Liliana Patricia Cortina
- Demandados: Awer S.A., Jorge Mauricio Edelstein y Alejandro Bruno Felipe Zawadzki

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó la actualización de la condena conforme al índice RIPTE más una tasa de interés del 6% anual.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La aplicación lineal de tasas de interés bancarias se reveló inadecuada pues conducía a la pulverización del contenido económico de los derechos.
- Ante la situación de alta inflación y tasas de interés fuertemente negativas, corresponde declarar la inconstitucionalidad de la prohibición de indexar los créditos prevista en la ley 23.928 (texto según ley 25.561), por contravenir el derecho de propiedad (art. 17 CN).
- Se utilizará el índice RIPTE más una tasa de interés pura del 6% anual para actualizar el crédito.
- Sin perjuicio de ello, se establece que el capital actualizado no podrá exceder del monto que resulte de aplicar el IPC y una tasa de interés del 3% anual, a fin de evitar resultados desproporcionados.

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