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MOSER, JOSE ELIAS c/ ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIF S.E.) s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

Trabajador reclama diferencias salariales por antigüedad. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modifica la sentencia y ordena cuantificar las diferencias hasta el presente pronunciamiento.

Diferencias salariales Antiguedad Transferencia de personal Convenio colectivo de trabajo Art. 18 lct Art. 132 lo.

Diferencias de salarios por antigüedad
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó cuantificar las diferencias salariales desde agosto 2020 hasta el presente pronunciamiento. Confirmó el resto de lo decidido en primera instancia. Fundamentos:
- El art. 29 del CCT 1488/15 establece que el adicional por antigüedad debe aplicarse por cada año de servicio, reconociéndose la antigüedad consignada en los recibos de sueldo del trabajador.
- La demandada no acreditó que al momento de la transferencia se le haya asignado una remuneración que incorporara la antigüedad adquirida.
- Corresponde diferir a la etapa del art. 132 LO el cálculo de las diferencias salariales posteriores a febrero 2023 y hasta el presente pronunciamiento, de conformidad con la doctrina plenaria del fallo "Condori Limache".

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