AVELLANEDA, YESSICA SOLEDAD c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La trabajadora apeló la desestimación parcial de su incapacidad psicológica. La Cámara del Trabajo modificó la sentencia y ordenó que se calculen los intereses del crédito conforme a los lineamientos sobre actualización del valor de las indemnizaciones.
Recurso ley 27.348 por incapacidad derivada de accidente de trabajo
- Decisión: La Cámara del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo al cálculo de intereses, ordenando que se aplique el CER desde la fecha de exigibilidad hasta el efectivo pago. Rechazó el planteo recursivo respecto de la incapacidad psicológica.
Los jueces señalaron que la utilización de la tasa activa para el cálculo de intereses implicaba una confiscatoriedad del crédito, con grave afectación del derecho de propiedad. Citaron antecedentes parlamentarios que resaltaron la necesidad de mantener el poder adquisitivo de las indemnizaciones mediante el uso de índices como el RIPTE.
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