SALAZAR, MARGARITA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La Cámara Federal de Salta modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de la ley 27.609 sobre movilidad jubilatoria.
Reajuste por movilidad jubilatoria
¿Qué se resolvió?
- Se confirmó la inclusión de sumas no remunerativas en el cálculo del haber inicial
- Se declaró la inconstitucionalidad del art. 1° de la ley 27.609 sobre movilidad, debiendo ANSES ajustar el beneficio según lo establecido en el precedente "Palavecino"
- Se revocó el rechazo de la aplicación de una tasa de sustitución, difiriéndolo para la etapa de liquidación
- Se confirmó la declaración de inconstitucionalidad de diversos topes legales sobre el haber inicial
Fundamentos relevantes:
- La Corte Suprema sostiene que deben computarse todas las sumas percibidas en actividad para el cálculo del haber inicial
- Esta Sala declaró previamente la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad de la ley 27.609, por no resguardar la garantía constitucional
- Corresponde diferir la valoración sobre la integralidad de la prestación inicial redeterminada a la etapa de liquidación
- Se confirma la declaración de inconstitucionalidad de diversos topes legales sobre el haber inicial
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