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ALVAREZ, MARIA DE LOS MILAGROS c/ INSSJP (INST. NAC. DE SERV. SOC. Y PENSIONADOS) Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó al PAMI continuar cubriendo las prestaciones de internación domiciliaria a la afiliada con discapacidad, al considerar que hubo una actitud arbitraria de la obra social.

Obra social Discapacidad Derecho a la salud Amparo Prestaciones medicas Pami Cobertura de salud


- La actora, Eva María de los Milagros Alvarez, quien padece hemiplejia por secuelas de enfermedad cerebrovascular, promovió acción de amparo contra el INSSJP (PAMI) y el Ministerio de Salud de la Nación para obtener cobertura de servicios de terapia ocupacional, kinesiología, enfermería y fonoaudiología, así como de determinados medicamentos.
- El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente al amparo, ordenando al PAMI continuar cubriendo las prestaciones solicitadas, pero rechazó la pretensión respecto a la cobertura de los fármacos.
- La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná confirmó la sentencia de primera instancia. Destacó que el PAMI no acreditó haber autorizado y puesto a disposición de la afiliada las prestaciones indicadas por el médico, por lo que consideró que hubo una actitud arbitraria que vulneró el derecho a la salud. Señaló que la salud es un derecho humano fundamental reconocido en diversos instrumentos internacionales con jerarquía constitucional.

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