FERNANDEZ, JUAN ALBERTO c/ ESTADO NACIONAL ARGENTINO - PEN - MINISTERIO DE SEGURIDAD - DIRECCION NACIONAL DE GENDARMERIA s/DIFERENCIAS SALARIALES
El Estado Nacional demandado apeló la sentencia que declaró la cosa juzgada sobre el reclamo de diferencias salariales del actor. La Cámara Federal de Apelaciones revocó la decisión de no regular los honorarios del abogado de la parte demandada.
- Actor: Juan Alberto FERNÁNDEZ
- Demandado: ESTADO NACIONAL ARGENTINO
- PEN
- MINISTERIO DE SEGURIDAD
- DIRECCIÓN NACIONAL DE GENDARMERÍA
- Objeto: Diferencias salariales por el suplemento por antigüedad de servicios (SAS)
- Decisión: La Cámara Federal de Posadas revocó la sentencia de primera instancia en la parte que declaró inoficiosos los trabajos profesionales del abogado de la parte demandada y, en consecuencia, ordenó al juez de grado regular los honorarios correspondientes.
- Fundamentos:
- La actividad profesional de los abogados se presume onerosa, salvo excepciones legales. La apreciación de circunstancias que impidan la retribución debe efectuarse con suma cautela, a fin de resguardar las garantías constitucionales.
- Por trabajo inoficioso debe entenderse aquel que "para nada sirve", que no ha efectuado ninguna presentación y/o actuación profesional susceptible de apreciación pecuniaria.
- En el caso, el abogado de la parte demandada contestó la demanda, ofreció prueba, y acompañó informes que fueron relevantes para que el juez declarara la cosa juzgada, por lo que su actuación no puede considerarse inoficiosa.
- La orden del juez de grado al apoderado de la demandada para informar sobre otros juicios del actor no implica que la actividad profesional del abogado haya sido inoficiosa, pues dicha orden deriva de las facultades del juez para velar por la legalidad formal del proceso.
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