Incidente Nº 1 - ACTOR: I, S E EN NOMBRE Y REPRESENTACION DE SU HIJO Y OTRO DEMANDADO: IOSFA s/INCIDENTE
El actor promovió acción de amparo para obtener la cobertura integral de acompañante terapéutico. La Cámara Federal de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia y dispuso que la prestación se encuadre en el "Módulo de Apoyo a la Integración Escolar" del Nomenclador.
Cobertura integral de acompañante terapéutico para L. M. C., quien tiene diagnóstico de "Trastornos específicos del desarrollo del habla y del lenguaje" y "Trastornos generalizados del Desarrollo".
- Decisión: La Cámara Federal de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y dispuso que la prestación de acompañante terapéutico se encuadre en el "Módulo de Apoyo a la Integración Escolar" del Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, a valores vigentes. Confirmó en todo lo demás.
- Fundamentos: La normativa aplicable (Ley 24.901, Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad) impone a las obras sociales la obligación de brindar cobertura integral a las personas con discapacidad. El acompañamiento terapéutico es una prestación necesaria para la integración del menor, conforme a los informes médicos aportados. Si bien la cantidad de horas excede lo previsto para la "Prestación de Apoyo", corresponde encuadrarla en el "Módulo de Apoyo a la Integración Escolar" del Nomenclador.
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