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CORDOBA, RAMON EUSEBIO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor promovió demanda contra ANSES por reajustes de su haber previsional. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de primera instancia en relación a la aplicación del precedente "Badaro".

Costas Impuesto a las ganancias Badaro Reajuste de haber previsional Isbic Ley 26.417


- Actor: Ramón Eusebio Córdoba
- Demandado: ANSES
- Objeto: Reajuste del haber previsional del actor
- Decisión: La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó la actualización de las remuneraciones conforme al ISBIC hasta febrero de 2009 y a partir de allí según la Ley 26.417. Dejó sin efecto la aplicación del precedente "Badaro". Declaró desierto el agravio sobre intereses. Confirmó la exención del Impuesto a las Ganancias y la imposición de costas a la demandada.
- Fundamentos:
- Respecto a la aplicación del RIPTE en lugar del ISBIC, la Cámara remitió a sus precedentes donde confirmó el uso del ISBIC conforme al fallo "Elliff" de la CSJN.
- En cuanto a la aplicación del precedente "Badaro", la Cámara remitió a sus pronunciamientos anteriores donde dejó sin efecto dicha aplicación.
- Sobre la exención del Impuesto a las Ganancias, la Cámara siguió la doctrina sentada por la CSJN en el fallo "García, María Isabel".
- Respecto a las costas, la Cámara confirmó la imposición a la demandada en base a su jurisprudencia que declaró inconstitucional el art. 21 de la Ley 24.463.

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