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Incidente Nº 1 - ACTOR: G., A. DEMANDADO: OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA s/INC APELACION

La actora inició acción de amparo para obtener la cobertura integral de un medicamento de alto costo para tratar la enfermedad que padece su hija. La Cámara Federal revocó parcialmente la sentencia y ordenó la cobertura compartida entre la obra social y el Estado Nacional.

Obra social Derecho a la salud Medida cautelar Accion de amparo Enfermedad poco frecuente Cobertura de medicamento Estado nacional.

Ordenar a OSPIM cubrir el 100% del medicamento Cerliponase Alfa "BRINEURA" y prestaciones complementarias para el tratamiento de la enfermedad que padece la menor.
- Decisión: La Cámara Federal confirmó la medida cautelar ordenando a OSPIM la cobertura del medicamento, pero la extendió también al Estado Nacional en un 70% de los costos, por su carácter de garante del sistema de salud pública.
- Fundamentos:
- El derecho a la salud, comprendido en el derecho a la vida, impone a la autoridad pública la obligación de garantizarlo con acciones positivas, sin perjuicio de las obligaciones de jurisdicciones locales y obras sociales.
- La enfermedad que padece la menor es considerada "Enfermedad Poco Frecuente", por lo que la Ley N° 26.689 obliga a las obras sociales a brindar la cobertura.
- Dada la gravedad de la patología y el alto costo del medicamento, corresponde una distribución equitativa de la cobertura entre OSPIM y el Estado Nacional.

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