OVIEDO CARLOS MARTIN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó ajustes a su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y consideró la aplicación de ciertos criterios para el cálculo de la movilidad.
Ajustes a la prestación previsional
- Decisión: La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. En relación a la actualización de la PBU, ordenó efectuar el recálculo conforme los parámetros fijados por la Corte Suprema en los precedentes "Quiroga", "Sandoval" y "Pichersky". Desestimó el planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27.541 y estableció que la Ley 27.609 rige desde el 05/01/2021, por lo que no resulta aplicable la movilidad prevista en la Ley 27.426 a partir de esa fecha. Difirió el análisis de la razonabilidad de los topes de la Resolución SSS 6/2009 y el art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de sentencia.
Fundamentos principales:
- La Cámara consideró que el análisis sobre la incidencia de la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación (PBU) sobre el total del haber inicial debe efectuarse en la etapa de ejecución de sentencia.
- Convalidó la constitucionalidad de la Ley 27.541 de emergencia económica.
- Señaló que al haberse sustituido la movilidad del art. 1 de la Ley 27.426 por la Ley 27.609, no corresponde aplicar la movilidad prevista en la Ley 27.426 a partir de la entrada en vigor de la Ley 27.609.
- Difirió el análisis de la razonabilidad de los topes de la Resolución SSS 6/2009 y el art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de sentencia.
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