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FIGOLI IBAÑEZ, RUBEN RAMON Y OTROS c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Jubilados reclaman la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre sus haberes previsionales. La Cámara declara la inconstitucionalidad y ordena el reintegro de las sumas retenidas.

Vulnerabilidad Declaracion de inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Jubilados Pensionados Haberes previsionales Reintegro.


- Actores: Rubén Ramón Figoli Ibáñez, Alberto Tomás Scalise y Amelia Alicia Pardo
- Demandado: Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
- Reclaman la inconstitucionalidad del artículo 79, inciso c, de la Ley 20.628 de Impuesto a las Ganancias, que grava sus haberes previsionales, y solicitan el cese y reintegro de las sumas retenidas.
- El tribunal de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de Figoli Ibáñez, declarando la inconstitucionalidad y ordenando el reintegro. Rechazó la acción respecto de Scalise y declaró abstracta la acción respecto de Pardo.
- La Cámara revocó parcialmente, declarando la inconstitucionalidad también respecto de Scalise, al considerar que su situación de vulnerabilidad por edad y enfermedad se encontraba acreditada. Ordenó el cese de la retención y la devolución de las sumas retenidas que no prescribieron.
- La Cámara fundamentó la inconstitucionalidad en que la sola capacidad contributiva como parámetro para gravar a jubilados y pensionados es insuficiente si no se pondera su vulnerabilidad, conforme el precedente "García" de la Corte Suprema.

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