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CONSORCIO DE PROPIETARIOS MANSILLA 3043 c/ EDENOR SA s/EXPROPIACION-SERVIDUMBRE ADMINISTRATIVA

El Consorcio de Propietarios Mansilla 3043 promovió demanda por daños y perjuicios derivados de la servidumbre administrativa de electroducto impuesta sobre su inmueble. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda e impuso a EDENOR SA el pago de una indemnización.

Danos y perjuicios Indemnizacion Prescripcion Servidumbre administrativa Intereses.


- Actor: Consorcio de Propietarios Mansilla 3043
- Demandado: EDENOR SA
- Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de la servidumbre administrativa de electroducto impuesta sobre el inmueble del Consorcio
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y condenó a EDENOR SA al pago de una indemnización. Fundamentos:
- El artículo 14 de la Ley 19.552 establece que la servidumbre queda definitivamente constituida cuando hay acuerdo entre las partes o pago de la indemnización fijada judicialmente. Al no verificarse ninguna de esas condiciones, el plazo de prescripción no había comenzado a correr al momento de iniciarse la demanda.
- Respecto a los intereses, correspondía que se computaran desde la afectación del inmueble a la servidumbre administrativa, para evitar privar a la acreedora de la compensación por la mora.
- Sin embargo, en un voto en disidencia, el juez Alemany consideró que el monto indemnizatorio fijado en primera instancia era desproporcionado y lo redujo a $3.000.000, para asegurar una equivalencia razonable con el valor establecido por el Tribunal de Tasaciones.

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