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ANTONELLI GUSTAVO HORACIO c/ EN-M§ JUSTICIA-PNA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma los honorarios regulados a los letrados que intervinieron en la defensa del Estado Nacional en el proceso iniciado por Antonelli contra la PNA.

Recurso de apelacion Honorarios Letrados Defensa del estado nacional Personal militar y civil de las ffaa y de seg.


¿Quién es el actor?

ANTONELLI, GUSTAVO HORACIO

¿A quién se demanda?

EN-M JUSTICIA-PNA Y OTRO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo en materia de personal militar y civil de las FFAA y de Seg

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma los honorarios regulados a favor de los Dres. Natalia Seoane, Néstor Omar Scarlatta y Francisco Crespo Sarrabayrouse, quienes actuaron como letrados apoderados en la defensa del Estado Nacional. Asimismo, regula en la suma de $108.397,5 los emolumentos de la Dra. María Celeste Demicheli, quien intervino en carácter de letrada apoderada del Estado Nacional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia de la cuestión en debate, así como el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada durante el trámite de este proceso, corresponde CONFIRMAR los honorarios regulados a favor de los Dres. Natalia Seoane y Néstor Omar Scarlatta, quienes actuaron como letrados apoderados en la defensa del Estado Nacional (arts. 6º, 7º, 9º, 19, 20, 37, 38, 40 y ccdtes. de la Ley 21.839)." "Asimismo, corresponde CONFIRMAR —desde que sólo fueron apelados por bajos— los honorarios regulados a favor del Dr. Francisco Crespo Sarrabayrouse, quien actuó en una tercera etapa como apoderado en la defensa del demandado (arts. 16, 19, 21, 29, inc. c, 51 y ccdtes., de la ley 27.423; Resol. SGA 1236/25)." "Por otra parte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 y concordantes de la ley de arancel, y teniendo en cuenta la importancia del asunto discutido y la entidad de las tareas desempeñadas ante esta instancia (v. expresión de agravios del 19.06.2024), corresponde REGULAR en la suma de $108.397,5 —equivalente a la cantidad de 1,5 UMA; Resol. SGA 1236/25— los emolumentos de la Dra. María Celeste Demicheli, quien intervino en carácter de letrada apoderada del Estado Nacional."

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