ANTONELLI GUSTAVO HORACIO c/ EN-M§ JUSTICIA-PNA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma los honorarios regulados a los letrados que intervinieron en la defensa del Estado Nacional en el proceso iniciado por Antonelli contra la PNA.
¿Quién es el actor?
ANTONELLI, GUSTAVO HORACIO
¿A quién se demanda?
EN-M JUSTICIA-PNA Y OTRO
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo en materia de personal militar y civil de las FFAA y de Seg
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma los honorarios regulados a favor de los Dres. Natalia Seoane, Néstor Omar Scarlatta y Francisco Crespo Sarrabayrouse, quienes actuaron como letrados apoderados en la defensa del Estado Nacional. Asimismo, regula en la suma de $108.397,5 los emolumentos de la Dra. María Celeste Demicheli, quien intervino en carácter de letrada apoderada del Estado Nacional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia de la cuestión en debate, así como el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada durante el trámite de este proceso, corresponde CONFIRMAR los honorarios regulados a favor de los Dres. Natalia Seoane y Néstor Omar Scarlatta, quienes actuaron como letrados apoderados en la defensa del Estado Nacional (arts. 6º, 7º, 9º, 19, 20, 37, 38, 40 y ccdtes. de la Ley 21.839)." "Asimismo, corresponde CONFIRMAR —desde que sólo fueron apelados por bajos— los honorarios regulados a favor del Dr. Francisco Crespo Sarrabayrouse, quien actuó en una tercera etapa como apoderado en la defensa del demandado (arts. 16, 19, 21, 29, inc. c, 51 y ccdtes., de la ley 27.423; Resol. SGA 1236/25)." "Por otra parte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 y concordantes de la ley de arancel, y teniendo en cuenta la importancia del asunto discutido y la entidad de las tareas desempeñadas ante esta instancia (v. expresión de agravios del 19.06.2024), corresponde REGULAR en la suma de $108.397,5 —equivalente a la cantidad de 1,5 UMA; Resol. SGA 1236/25— los emolumentos de la Dra. María Celeste Demicheli, quien intervino en carácter de letrada apoderada del Estado Nacional."
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