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DE FORTIS BERNARDINA A. C/ FARMACIA PLAZA OESTE SCS Y OTROS S/ INCIDENTE DE VERIFICACION TARDIA

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Morón resolvió rechazar la apelación por insuficiencia recursiva y declarar desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte quejosa, fundamentando que el memorial no cumple con los requisitos del art. 260 del CPCC y que la argumentación presentada solo contiene una crítica breve y no concreta ni razonada acerca de los fundamentos de la sentencia de primera instancia. La decisión se basa en que la apelante no refutó de manera concreta y razonada el postulado central que justificó la pronunciamiento de caducidad, en particular, la equiparación del acto procesal a la intimación previa. La Cámara consideró que la apelación no cumple las exigencias procesales y que, además, la parte no abordó adecuadamente el fundamento de la decisión de primera instancia, por lo que corresponde declarar el recurso desierto con costas a la recurrente.

Desercion del recurso Caducidad de instancia Fundamentacion del recurso Recursos ordinarios Insuficiencia recursiva Moron. Apelacion civil Agravio concreto y razonado Requisitos del art. 260 cpcc Logica judicial

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora en el incidente de verificación tardía interpuso recurso de apelación contra la resolución que admitió la caducidad de instancia, dictada por el juez de primera instancia. La Cámara analizó si la apelación cumplía con los requisitos de fundamentación y suficiencia del art. 260 del CPCC, concluyendo que no lo hacía, ya que la apelante se limitó a una argumentación breve y no concreta ni razonada, sin refutar el postulado central que sostiene que la equiparación del acto procesal a la intimación previa fue correcta y suficiente para la decisión. La Cámara enfatizó que la crítica debe ser específica, fundamentada y relacionarse con los pilares argumentales del fallo, lo cual no ocurrió en este caso. La sentencia afirma que "la expresión de agravios no es una argumentación que pueda llevarse a cabo de cualquier forma, sino que se encuentra reglada doblemente: por las normas procesales y por las reglas de la lógica judicial", resaltando que la apelación debe confrontar en forma concreta y razonada los fundamentos de la decisión de primera instancia. La Cámara también cita precedentes y subraya que la insuficiencia en la crítica implica la deserción del recurso, por lo que se declara el mismo desierto en esta causa. En consecuencia, se confirma la decisión de primera instancia y se imponen las costas a la parte que interpuso la apelación.

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