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A. V. R. S. Y OTRO/A S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de La Matanza confirmó la sentencia de primera instancia que homologó un acuerdo entre las partes en un proceso de alimentos, rechazando el recurso de apelación del alimentante y manteniendo la imposición de costas al apelante vencido.

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La causa trata sobre la homologación de un acuerdo celebrado entre las partes en un proceso de alimentos. La jueza de grado resolvió homologar el acuerdo y fijó las costas a cargo del alimentante, decisión que fue apelada por este último por considerarla gravosa y por no estar en condiciones de afrontar los gastos. La Cámara, tras analizar la naturaleza del proceso de alimentos y la jurisprudencia consolidada, sostuvo que las costas en los procesos de alimentos deben recaer en el alimentante, dado que la finalidad de la prestación es asistir al alimentista, y la imposición a este último podría disminuir la pensión. La sala confirmó la resolución de primera instancia y ratificó la imposición de costas al apelante, considerando que no hubo circunstancias que justifiquen apartarse del principio general. La jurisprudencia citada respalda que en los procesos de alimentos, las costas deben ser soportadas por el obligado, incluso en casos de acuerdo homologado o transacción, para garantizar la finalidad asistencial del beneficio.

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