CUADERNO DE APELACION JUS SE REGULAN EN AUTOS REYES HECTOR ARIEL S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS - JP-18765-2022
La Cámara de Apelación confirma la decisión del 15/8/2023 que adicionó honorarios a la defensora de pobres y ausentes, rechazando el recurso de apelación del Defensor General y confirmando la regulación previa. La decisión se basa en la jurisprudencia y normativa vigente, reafirmando la competencia del tribunal y las disposiciones sobre honorarios y beneficios previsionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelación revisó el recurso de apelación interpuesto por el Defensor General contra la decisión del 15/8/2023 que adicionó honorarios a la defensora de pobres y ausentes ad hoc, en los términos del art. 9 de la ley 14.967. El tribunal sostuvo que la cuestión planteada es idéntica a antecedentes jurisprudenciales y que la normativa vigente, incluyendo las leyes 14.967, 5827, 6716 y las decisiones del superior tribunal, justifican la confirmación del decisorio. "Corresponde replicar todos y cada uno de los fundamentos, citas legales y jurisprudenciales vertidas en los antecedentes citados para desestimar el planteo, en virtud de la aplicación de las disposiciones vigentes, la operatividad de derechos y principios con jerarquía constitucional y convencional, el orden público que alcanza a las leyes previsionales y al diálogo armónico entre las fuentes". La Cámara concluye que los agravios no modifican la competencia ni la fundamentación del fallo, por lo que se confirma en todos sus términos. La decisión se comunica a la Procuración General y a la Caja de Previsión Social para Abogados.
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